Borradores de IVA para autónomos a partir del 2020.

A partir del año 2017, la AEAT introdujo nuevo sistema de control llamado Sistema Inmediato de Información.

A este sistema están acogidas obligatoriamente las empresas cuyo volumen de operaciones exceda 6.010.121,04 euros y aquellas inscritas en el régimen de devolución mensual (REDEME).

No obstante, hay empresas y autónomos que voluntariamente han decidido acogerse a este sistema. En este caso, para los autónomos que estén utilizando el SII, la AEAT ha incorporado una novedad para el año 2020.

Trimestralmente mandará a los autónomos un borrador del IVA que éste tendrá que revisar y aceptar. El método será el mismo que cuando pedimos un borrador para realizar nuestra declaración del IRPF.

 

¿Cuáles son las ventajas de esta novedad?

• Facilitar la cumplimentación de la declaración del IVA.

• Agilizar los trámites burocráticos.

• Mejorar el servicio de asistencia de la Agencia Tributaria.

• Consolidar las gestiones electrónicas.

 

Por lo tanto, todos aquellos autónomos que estén haciendo uso del SII para informar de sus facturas emitidas y recibidas, recibirán un borrador de su declaración al finalizar cada trimestre. De esta forma solo tendrán que revisar dichos datos y aceptar el borrador.