DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN GASTOS ESCOLARES (CANARIAS Y CANTABRIA)

En artículos anteriores hemos hablado de las deducciones autonómicas en Andalucía Aragón, Asturias e Islas Baleares. Esta semana hablaremos de las deducciones por gastos escolares en Canarias y Cantabria.

Canarias

Deducción por gastos de guardería.

La cuantía a deducir es un 15% de los importes satisfechos por gastos de guardería en menores de 3 años con un límite máximo de 400 euros. Para poder aplicar esta deducción hay que cumplir con los siguientes requisitos:

• Podrán aplicar la deducción los tutores o progenitores que convivan con el menor.

• El gasto en guardería se deberá justificar mediante una factura.

• Que ninguno de los contribuyentes haya obtenido unas rentas superiores a 39.000 euros siendo una declaración individual o 52.000 en caso de ser conjunta.

• En caso de que los dos contribuyentes puedan optar por la deducción pero no puedan realizar la declaración conjunta, la cantidad a deducir se prorrateará por partes iguales.

• En el periodo impositivo en el cual el menor cumpla los 3 años, se sacará la parte proporcional.

Deducción por gastos de estudios.

En este caso, la deducción son 1.500 euros por cada descendiente o adoptado soltero y menor de 25 años que curse educación superior que no pueda cursar en su residencia habitual. Serán 1.600 para aquellos cuya base liquidable sea inferior a 33.007,20 euros. El límite máximo es el 40% de la cuota íntegra autonómica. Los requisitos a cumplir son los siguientes:

• Que los estudios abarquen un curso académico completo o un mínimo de 30 créditos.

• Que en la isla de residencia del contribuyente no exista oferta educativa pública,para la realización de los estudios.

• Que el contribuyente no haya obtenido rentas por importe superior a 39.000 en tributación individual o 52.000 en tributación conjunta.

• Que el descendiente que origina el derecho a la deducción no haya obtenido rentas en el periodo impositivo por importe superior a 8.000 euros.

• En caso de que los dos contribuyentes puedan optar por la deducción pero no puedan realizar la declaración conjunta, la cantidad a deducir se prorrateará por partes iguales.

Deducción por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio.

La cuantía de la deducción son las cantidades destinadas a la adquisición adquisición de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo siendo la cantidad máxima de 100 euros por el conjunto de descendientes o adoptados. Los requisitos de esta deducción son los siguientes:

• Que el contribuyente no haya obtenido rentas por importe superior a 39.000 en tributación individual o 52.000 en tributación conjunta.

• En caso de que los dos contribuyentes puedan optar por la deducción pero no puedan realizar la declaración conjunta, la cantidad a deducir se prorrateará por partes iguales.

• El gasto deberá justificarse mediante una factura.

Cantabria

No ha ejercido competencias, con independencia de la deducción general de 100 euros prevista por cuidado de descendientes menores de 3 años, aplicable a contribuyentes que no obtengan rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros.

Hay que tener en cuenta que estas deducciones siguen vigentes a fecha de hoy pero pueden sufrir cambios de cara a la Campaña de Renta del año 2019.