¿Qué son las Cuentas Anuales?

Las cuentas anuales de una sociedad son los documentos que se emplean para dar a conocer la situación económica de la empresa del ejercicio correspondiente.

Existe un plazo de tiempo para depositar las cuentas en el Registro Mercantil. En los tres primeros meses desde el cierre del ejercicio se deben formular las cuentas anuales.

Una vez formuladas, en los tres meses siguientes se deben aprobar en Junta de Accionistas y desde la aprobación hay un mes para su presentación. Las cuentas anuales se componen de:

  •  El balance de situación 
  • La cuenta de pérdidas y ganancias 
  • El estado de cambios en el patrimonio neto 
  • El estado de flujos de efectivos 
  • La memoria

Se dan tres tipos de cuentas anuales: 

  • Cuentas anuales normales:

Las cuentas anuales normales se encuentran en el Real Decreto 1514/2007 donde se aprueba el Plan General Contable. Todas las sociedades deben presentar las cuentas anuales por esta modalidad, a excepción de las sociedades que cumplan los requisitos para presentar las cuentas anuales abreviadas o las sociedades acogidas por el Plan General Contable de PYMES.

  •  Cuentas anuales abreviadas:

Las cuentas anuales abreviadas poseen una forma más simple a las anteriormente explicadas. Tendrán la capacidad de presentar el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto de forma abreviada aquellas sociedades que durante dos ejercicios consecutivos cumplan al menos dos de los siguientes requisitos:

• El total de las partidas de activo no supere 4.000.000€.

• El importe neto de su cifra anual de negocios no supere 8.000.000€.

• El número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 50.

Las sociedades podrán presentar la cuenta de pérdidas y ganancias de manera abreviada cuando durante dos ejercicios consecutivos cumplan al menos dos de los siguientes requisitos:

• El total de las partidas del activo no sea superior a 11.400.000€

• El importe neto de su cifra anual de negocios no sea superior a 22.800.000€

• El número de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 250.

Debido a la no existencia de un estado de flujos de efectivo en formato abreviado, las sociedades que cumplan los requisitos para presentar el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviado, se eximirán de presentar este documento.

  •  Cuenta anuales PYMES

El Real Decreto 1515/2007 recoge un Plan General Contable para pequeñas y medianas empresas.

Las PYMES tienen poder de elección entre aplicar el Plan General Contable o el Plan General Contable para PYMES. Las sociedades que decidan utilizar el PGC en su versión íntegra, podrán presentar las cuentas anuales de forma abreviada siempre que cumplan los requisitos indicados anteriormente.

¿Quién tiene la obligación de presentarlas?

Están obligados a depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil: 

  • Las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada, las comanditarias por acciones, las sociedades de garantía recíproca, las sociedades gestoras de fondo de pensiones y en general todas aquellas sociedades que por disposiciones vigentes se vean obligados a publicar sus cuentas anuales. 
  • Sociedades dominantes de un grupo que presente cuentas consolidadas. 
  • Sociedades extranjeras que tengan sucursales abiertas en España. 
  • Las sociedades colectivas y comanditarias simples, con la condición que en la fecha de cierre del ejercicio los socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras.
  •  Las fundaciones, depositarán las cuentas anuales en el Registro de Fundaciones.