Métodos de contabilización de subvenciones.
¿Cómo contabilizar las subvenciones en una Pyme?
Las subvenciones son una forma de financiación muy común en Pymes. A la hora de su reflejo en la contabilidad pueden darse dos casos, que sean reintegrables o no reintegrables.
En un principio, sean o no de carácter monetario se contabilizan como un ingreso reflejado en la cuenta de pérdidas y ganancias y se imputan directamente al patrimonio. Se suelen aplicar sobre una base sistemática y racional de manera correlacionada con sus derivados gastos. En cambio, si se trata de subvenciones reintegrables, se contabilizan como un pasivo hasta que se conviertan en no reintegrables.
Si las subvenciones son de carácter monetario, se contabilizarán por el importe concedido, pero si por el contrario se trata de subvenciones no monetarias, se valorarán por el valor razonable.
Existen diferentes tipos de subvenciones, donaciones y legados:
1. Aquellas que son concedidas para asegurar una rentabilidad mínima o compensar un déficit de explotación. En este caso, se imputará como un ingreso del ejercicio.
2. Aquellas que son destinadas a financiar gastos específicos. Se imputará el ingreso en el mismo ejercicio en el que se devengue el gasto del objeto de financiación.
3. Aquellas que se conceden para adquirir activos o cancelar pasivos:
- ACTIVOS DE INMOVILIZADO INTANGIBLE, MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS: se imputarán como ingresos del ejercicio en proporción a la amortización realizada. También si se produce un deterioro, baja, enajenación o corrección valorativa.
- EXISTENCIAS: se imputará como ingreso del ejercicio en el que se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja.
- ACTIVOS FINANCIEROS: se imputará como ingreso del ejercicio en el que se produzca la enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja.
- CANCELACION DE DEUDAS: se imputará como ingreso del ejercicio en que se produzca la cancelación. Las cantidades monetarias que se reciban sin un fin específico, se contabilizarán como un ingreso del ejercicio en que se reconozca.
Si las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables son recibidas por parte de los socios no se consideran un ingreso por lo que se contabilizan como fondos propios de la empresa.